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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37306 >> Fecha 27/08/2012 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37306 - Articulo 12
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Artículo 12
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CAPÍTULO IV

De la Organización y Funcionamiento de la Vigilancia de la Salud en el Ámbito Regional

Artículo 12°- De la vigilancia de la salud en el ámbito regional.

En este nivel, la Función Rectora de Vigilancia de la Salud será ejecutada por los funcionarios responsables de la Unidad de Rectoría de la Salud de la Dirección Regional de Rectoría de la Salud, quien articulará los actores sociales del ámbito regional.

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