Artículo 16°- Del Equipo Local de
Vigilancia de la Salud.
El Equipo de Vigilancia de la Salud depende del Director
del Área Rectora de Salud. Su objetivo consiste en garantizar que el componente
local del proceso Vigilancia de la
Salud se ejecute de manera articulada, eficaz y con la
calidad requerida. Este equipo realiza la selección, recopilación, integración,
análisis y difusión de la información sobre el estado de salud, sus determinantes
y tendencias, en el nivel local, a fin de seleccionar las medidas más
apropiadas para proteger y mejorar la salud de la población.
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