Transitorio I.- Aquellas
instituciones o profesionales que no cuenten con la plataforma tecnológica para
ingresar la información, se les dará un plazo de 6 meses a partir de la
publicación del mismo para que solucionen la situación, mientras tanto deberán
entregar al Área Rectora de Salud correspondiente la información solicitada con
la periodicidad que establece el presente decreto.
|