Artículo 7°- De las redes de actores
sociales del SINAVIS.
Para mejor proceder, el Ministerio
de Salud organiza y designa a los actores sociales que conforman el SINAVIS en
redes que apoyen la ejecución de los procesos de Vigilancia de la Salud. Estas
redes son:
1.
Red de Análisis de la
Situación de Salud: La red de análisis de la situación de
salud tiene como propósito contribuir a articular las acciones y los esfuerzos
de los actores sociales que apoyan a la Dirección de Vigilancia de la Salud en la realización de
análisis generales o específicos sobre la situación de salud del país.
Está
conformada por todos los actores sociales del sistema que tienen capacidad y
experiencia en materia de análisis e investigación del estado de salud de la
población, sus determinantes y tendencias.
2. Red de Alertas y Emergencias en
Salud: Responsable
de apoyar las acciones de detección, valoración y comunicación oportuna, de
toda sospecha o situación de riesgo para la salud de la población, frente a la
cual sea necesario adoptar acciones inmediatas. Asimismo, es la encargada de
apoyar las labores de vigilancia de la salud en caso de emergencias públicas o
desastres de cualquier naturaleza.
Está coordinada por la Dirección de
Vigilancia de la Salud
y conformada por todos aquellos actores sociales del sistema que, según el tipo
de alerta o emergencia de que se trate, estén obligados a realizar o apoyar las
acciones de vigilancia. La coordinación de esta red recae en el Centro Nacional
de Enlace, abarcando de esta manera las alertas nacionales e internacionales.
3. Red de Laboratorios: Responsable
de la realización, bajo condiciones controladas y normalizadas, de exámenes,
pruebas, mediciones o estudios de diversa naturaleza, con el fin de
diagnosticar o comprender mejor los eventos de salud y sus determinantes. Es
coordinada por la
Dirección de Vigilancia de la Salud y se subdivide en las
siguientes redes:
3.1 Red Nacional de
Laboratorios Oficiales: Está coordinada por la Dirección de Vigilancia de la Salud y
conformada por los laboratorios designados como oficiales por parte del Ministerio
de Salud, entre ellos el INCIENSA, Laboratorio Nacional de Aguas del AyA,
Laboratorios de Universidades (ambiente y medicamentos), LANASEVE, y por todos
aquellos otros laboratorios públicos o privados que el Ministerio de Salud
designe. Es responsable de la realización, de exámenes, pruebas, mediciones o
estudios de diversa naturaleza, bajo las condiciones de normalización y de
control oficialmente establecidas, con el fin de diagnosticar o comprender
mejor los eventos de salud y sus determinantes, o de verificar que los
productos, bienes o servicios inscritos ante el Ministerio de Salud cumplan con
las características nutricionales y de inocuidad requeridas conforme a las
disposiciones legales contenidas en los artículos 353 y 354 de la Ley No 5395
de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”.
En caso de brotes,
epidemias u otras emergencias o alertas sanitarias internacionales, los
laboratorios oficiales nacionales de referencia, y cualquier otro laboratorio
de carácter público, iniciará las acciones correspondientes con las instancias
que competan, y darán prioridad a los análisis requeridos por el Ministerio de
Salud, para atender tales situaciones.
3.2 Red Nacional de Laboratorios
para la vigilancia epidemiológica. Bajo la coordinación de los Centros Nacionales de Referencia
del INCIENSA, de acuerdo a la Ley
8270 de 2 de mayo de 2002, “ Otorga Personalidad Jurídica Instrumental al
Consejo Técnico de Asistencia Médico Social (CTAMS), a la Oficina de la Cooperación
Internacional de la
Salud (OCIS) y al Instituto Costarricense de Investigación y
Enseñanza en Nutrición y Salud”, se articula el trabajo de laboratorios
públicos y privados del sector salud, para la vigilancia de eventos de
importancia en salud pública. Dependiendo del evento, estas redes de
laboratorios pueden trascender el área clínica humana. Su conformación depende
de las características del evento que se vigila (ejemplo, prevalencia,
distribución geográfica) y se organizan en niveles de competencia según la
complejidad, costo de los análisis, nivel de bioseguridad e infraestructura
requeridos, entre otros.
·
Red Nacional de Laboratorios de alimentos y agua: Coordinada por el INCIENSA, según
Ley 8270 de 2 de mayo de 2002, “Otorga Personalidad Jurídica Instrumental al
Consejo Técnico de Asistencia Médico Social (CTAMS), a la Oficina de la Cooperación
Internacional de la
Salud (OCIS) y al Instituto Costarricense de Investigación y
Enseñanza en Nutrición y Salud” está constituida por laboratorios públicos y
privados que realicen o apoyen las acciones de vigilancia en este campo.
·
Red nacional de laboratorios ambientales: Está conformada por los laboratorios
nacionales de referencia y por todos aquellos otros laboratorios públicos y
privados del país que realicen o apoyen acciones de vigilancia en este campo
4. Red de Información: Encargada de brindar el apoyo sobre
el Sistema de Información Nacional para la Vigilancia de la Salud y los medios de
comunicación necesarios para que la información fluya a todos los actores. Está
conformada por los responsables del Sistema de Información de las instituciones
que participan en el Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud, tales como INEC, CCP,
CCSS, INS, SENASA, CONAVI, MINAET, MEP, Ministerio de Bienestar Social,
Observatorios de la salud entre otros. Será coordinada por la DVS y la Unidad de Gestión Integral
de la Información
del Ministerio de Salud.
5. Otras Redes de Actores Sociales: El Ministerio de Salud puede
conformar redes para temas específicos, o utilizar aquellas ya existentes para
apoyarse en la ejecución de actividades de vigilancia de la salud. Como ejemplo
de estas se pueden citar las redes de violencia intrafamiliar, las redes de
análisis de mortalidad infantil, la red de Farmacovigilancia, la red de
vigilancia de la resistencia antimicrobiana, entre otras.