ARTÍCULO 89.- Disposiciones para las licencias de conducir clase E
Las licencias de conducir clase E tendrán las siguientes modalidades:
Tipo E-1: autoriza a conducir los
vehículos comprendidos dentro de las clases de dos, tres, cuatro o más ejes,
excepto los destinados al transporte público. El conductor deberá contar con
una licencia A-3 y B-4, al menos con un año de expedida.
Tipo E-2: autoriza a manejar
tractores de llanta, de oruga y toda clase de vehículos de dos, tres, cuatro o
más ejes, así como la maquinaria que se autoriza mediante la licencia del tipo
D-1, D-2 y D-3, excepto la maquinaria destinada al transporte público. El
conductor deberá contar con una licencia A-3 y B-4, al menos con un año de
expedida.
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