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 Normativa >> Ley 9078 >> Fecha 04/10/2012 >> Articulo 10
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Normativa - Ley 9078 - Articulo 10
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Artículo 10
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ARTÍCULO 10.- Contenido del título de propiedad de los vehículos

El título de propiedad de los vehículos deberá indicar lo siguiente:

a) El nombre y número de identificación del propietario.

b) La marca, el año modelo, la carrocería, el número de motor, el número de matrícula, la capacidad, el número de serie, el número de VIN, el chasis o la serie del vehículo.

 

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