ARTÍCULO 11.- Datos de la inscripción
Toda inscripción que se haga en el Registro Nacional expresará:
a) La hora y fecha de
presentación del documento que causa la inscripción.
b) La
autoridad que expide el documento o el notario público que, en su caso, lo
autoriza.
c) Los
nombres, los números de cédula o de identificación, las calidades y el
domicilio exacto de las partes en el territorio nacional, el precio y las
características básicas del vehículo, según las definiciones de esta ley.
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