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 Normativa >> Ley 9078 >> Fecha 04/10/2012 >> Articulo 28
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Normativa - Ley 9078 - Articulo 28
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Artículo 28
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ARTÍCULO 28.- Fiscalización de los centros de IVE. Corresponderá al MOPT, por medio del Cosevi, fiscalizar todas las empresas adjudicadas para realizar la IVE.

(Mediante resolución de la Sala Constitucional N° 030616 del 16 de octubre de 2024, se anuló del párrafo anterior el vocablo "autorizadas")

 

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