Artículo 4º—Manejo de desechos o residuos de origen
animal o vegetal El manejo de desechos o residuos de origen animal o
vegetal, se refiere a la implementación de las buenas prácticas agrícolas y
pecuarias cuyo fin sea evitar la reproducción de la plaga objeto de este
Reglamento.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto
ejecutivo N° 41295 del 31 de mayo del 2018)
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