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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37358 >> Fecha 28/08/2012 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37358 - Articulo 8
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Artículo 8    (No vigente*)
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Artículo 8º- DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS

Los incumplimientos a medidas u órdenes sanitarias dictadas, infracciones, alteraciones u omisiones a las disposiciones del presente Reglamento y sus anexos, serán conocidos por el SENASA a los efectos de establecer las correcciones y sanciones administrativas que corresponda según la gravedad de la falta, con respeto al debido proceso y derecho de defensa, de conformidad con lo establecido en el Capítulo IX y X de la Ley Nº 8495.

Igualmente dichas sanciones podrán aplicarse con independencia de las acciones civiles o penales que puedan establecerse contra quién o quienes hayan incurrido en la falta por acción u omisión.


 

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