Artículo 20.—Ferias
u otras actividades públicas. Las personas encargadas de ferias, conciertos
u otras actividades públicas que se efectúen en el cantón, a la hora de obtener
los respectivos permisos municipales, deben garantizar que se harán cargo de
todos los residuos sólidos de dicha actividad, incluyendo la colocación de
recipientes para la recolección separada de los residuos valorizables, y
garantizar su recolección, tratamiento y disposición final de acuerdo con este
reglamento.
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