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 Normativa >> Reglamento municipal 12 >> Fecha 16/05/2012 >> Articulo 32
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Normativa - Reglamento municipal 12 - Articulo 32
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Artículo 32
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CAPÍTULO X

Disposiciones finales

Artículo 32.—Divulgación y publicación. La Municipalidad tiene la responsabilidad de divulgar adecuadamente el presente reglamento. Cualquier modificación posterior debe seguir un procedimiento de consulta a la ciudadanía, publicación y difusión.

(Nota de Sinalevi: El Concejo Municipal de Acosta, en su sesión ordinaria N° 50-2013 del día 17 de diciembre de 2013, acordó realizar el siguiente adendum al presente reglamento: “La distancia mínima para realizar el cobro del servicio de recolección de residuos sólidos de donde pasa el camión recolector hasta  donde se ubica el generador serán de 500 metros lineales".)

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