CAPÍTULO X
- Disposiciones finales
Artículo 32.—Divulgación y publicación. La Municipalidad tiene
la responsabilidad de divulgar adecuadamente el presente reglamento. Cualquier
modificación posterior debe seguir un procedimiento de consulta a la
ciudadanía, publicación y difusión.
(Nota de Sinalevi: El
Concejo Municipal de Acosta, en su sesión ordinaria N° 50-2013 del día 17 de
diciembre de 2013, acordó realizar el siguiente adendum al presente reglamento:
“La distancia mínima para realizar el cobro del servicio de recolección de
residuos sólidos de donde pasa el camión recolector hasta
donde se ubica el generador serán de 500 metros lineales".)
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