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 Normativa >> Reglamento municipal 130 >> Fecha 25/10/2012 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 130 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

(Nota de Sinalevi: Sobre este tema la Municipalidad de Curridabat había emitido anteriormente el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Curridabat, número 015 del 8 de agosto de 2006)

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DE LA AUDITORÍA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD

DE CURRIDABAT

PRESENTACIÓN

El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Curridabat está elaborado según la Ley General de Control Interno, Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público y las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público.

Este Reglamento regula y establece las funciones de la Auditoría Interna, así como las obligaciones, restricciones y potestades de la misma y de su personal, de esta manera se establece la obligatoriedad de su aplicación en la ejecución de las labores y del comportamiento del personal de la Auditoría Interna.

Estructura

El presente Reglamento está estructurado en tres títulos, a saber:

El primer título se refiere a la organización de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Curridabat; este título consta de siete capítulos y veintinueve artículos.

El segundo título trata sobre los aspectos del funcionamiento de la Auditoría Interna, y esta compuesto por cuatro capítulos y quince artículos.

Finalmente el tercer título contempla las disposiciones finales de la reglamentación, el cual está integrado por cuatro artículos.

TÍTULO I

Organización de la Auditoría Interna

CAPÍTULO I

Concepto de Auditoría Interna

Artículo 1º—Definición y propósito de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una organización, la Auditoría Interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Jerarca y la del resto, de la administración se ejecutan conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.

La seguridad que ofrece la Auditoría Interna al ente u órgano se logra cuando se emiten adecuadas recomendaciones y opiniones y la administración las atiende y cuando de acuerdo con el alcance de su plan de trabajo, verifica el apego de la Administración al ordenamiento jurídico y técnico, y el cumplimiento, validez y suficiencia del sistema de control interno, lo que le permite validar las operaciones respectivas.

La Auditoría Interna de la Municipalidad de Curridabat es parte integral y vital del sistema de control interno de la Municipalidad, del que es uno de sus componentes orgánicos y tendrá como función principal la comprobación del cumplimiento, la suficiencia y validez de dicho sistema.

En su accionar, debe ser percibida como una instancia que realiza una gestión independiente y objetiva que brinda servicios de aseguramiento razonables y de consulta a una institución, se crea para agregar valor y mejorar las operaciones organizacionales; coadyuva con la administración activa en el logro de los objetivos institucionales mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de los sistemas de control y gestión de riesgos y de los procesos de dirección, proporcionando a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Jerarca y del resto del personal se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a prácticas sanas.


 

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