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 Normativa >> Reglamento municipal 130 >> Fecha 25/10/2012 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento municipal 130 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25.—Intercambio de información con la Contraloría General de la República. El Auditor Interno se encuentra facultado a proveer e intercambiar información con la Contraloría General de la República, así como con otros Entes y Órganos de control que conforme a la Ley correspondan y en el ámbito de sus competencias. Sin perjuicio de la coordinación interna que al respecto deba darse, sin que ello implique limitación para la efectiva actuación de la auditoría interna.


 

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