Artículo 42.—Solicitud
de Información para mejor resolver. El Jerarca o el titular subordinado
podrán solicitar a la Auditoría Interna las aclaraciones u otra
información adicional al contenido del informe para resolver lo que proceda, y la Auditoría Interna
en la medida de sus posibilidades deberá proporcionarla. Sin embargo, la
solicitud de nueva información o la falta de ésta no obstara para que el
Jerarca observe el plazo improrrogable en que debe ordenar o resolver lo que
juzgue pertinente, so pena de incurrir en incumplimientos.
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