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 Normativa >> Reglamento municipal 200 >> Fecha 12/11/2012 >> Articulo 3
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Normativa - Reglamento municipal 200 - Articulo 3
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Artículo 3
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CAPÍTULOII

Declaratoria terrenos municipales

y procedimiento para su disposición

Artículo 3º—Declaratoria de terrenos municipales. El Concejo Municipal será el encargado de autorizar en definitiva la firma de convenios de administración de terrenos, lo cual hará con fundamento en las solicitudes presentadas al Concejo Municipal y que estará acompañada del expediente respectivo levantado al efecto. El órgano colegiado verificará que en el expediente conste el cumplimento de los requisitos establecidos por este reglamento.


 

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