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 Normativa >> Reglamento municipal 191 >> Fecha 15/11/2012 >> Articulo 37
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Normativa - Reglamento municipal 191 - Articulo 37
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Artículo 37
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Artículo 37: DEL IMPUESTO DE PATENTE DE LICORES TEMPORALES: La obtención de licencias temporales para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico conllevará el pago un impuesto de medio salario base.


 

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