Artículo 39: FORMA
DE PAGO DEL IMPUESTO: El impuesto de las licencias para comercialización de
bebidas con contenido alcohólico será pagado en forma trimestral y se cancelará
por adelantado entre el primer día y el último día de los meses enero, abril,
julio y octubre de cada año, en las cajas municipales o mediante la plataforma
presencial o virtual que la
Municipalidad disponga para este fin.
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