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 Normativa >> Reglamento municipal 191 >> Fecha 15/11/2012 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 191 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio I. Para los efectos de la aplicación del impuesto y en caso de que este reglamento entre en vigencia durante un trimestre ya iniciado, los patentados deberán cancelar solo la fracción correspondiente a los días faltantes, o transcurridos, en el caso de las renuncias

Rige a partir de su publicación.

 

 

 

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