Artículo 4:
SUPUESTOS PARA DENEGAR SOLICITUDES DE LICENCIA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE
BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO: La licencia municipal para ejercer la
actividad, sólo podrá ser denegada cuando se presenten los supuestos del
artículo 81 del Código Municipal, así como cuando se esté ante alguna de las
prohibiciones del numeral 9 de la
Ley.
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