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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37501 >> Fecha 22/01/2013 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37501 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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Artículo 2º—Los propietarios u ocupantes de fincas donde han sido afectados por esta epifitia causada por este hongo, están en la obligación de atender y colaborar con los funcionarios del Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), Instituto del Café de Costa Rica (ICAFE) y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), para el control de esta plaga.


 

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