Artículo 12º.—Construcción de
cercas fuera de la Zona Urbana: Para la construcción de cercas fuera de los
límites de la Zona de Crecimiento Urbano, señalada por medio del Decreto
Ejecutivo 25902 MIFAH-MP-MINAE y los Cuadrantes Urbanos delimitados por el INVU
y publicados en el Diario Oficial La Gaceta, se podrán utilizar
alternativamente los siguientes tipos de materiales, debiendo en todos los
casos construirse de conformidad con el alineamiento que señale la
Municipalidad o en su defecto el MOPT.
a) Alambre de púas
colocado sobre postes o cercas vivas.
b) Alambre navaja
colocado sobre postes o cercas vivas.
c) Cercas vivas.
d) Malla tipo ciclón
mezclada con cercas vivas o setos.
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