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 Normativa >> Reglamento municipal 214 >> Fecha 15/11/2012 >> Articulo 22
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Normativa - Reglamento municipal 214 - Articulo 22
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Artículo 22    (No vigente*)
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Artículo 22º.—La notificación practicada por cualquiera de los medios señalados comprenderá la identificación del órgano que ejerce la actividad, el objeto de la misma, fundamento legal, los nombres, apellidos de las partes, lugar, fecha y hora donde se entrega la misma.


 

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