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 Normativa >> Reglamento municipal 214 >> Fecha 15/11/2012 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento municipal 214 - Articulo 25
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Artículo 25    (No vigente*)
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Artículo 25º. —Señales y salientes. Toda señal u objeto saliente colocado en aceras deberá estar a una altura mínima de 2.50 m y no deberá entorpecer el paso del peatón, ni deberá sobrepasar la distancia transversal del ancho del cordón y caño.


 

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