Artículo 29º. - En el caso de
contar con el aval municipal y con las directrices técnicas correspondientes
para la construcción de aceras, desfogues pluviales, rampas y accesos a las
propiedad, durante la construcción de la obra se debe contar con el
señalamiento diurno y nocturno correspondiente y a una distancia adecuada de las
obras que permita la prevención para el transeúnte del lugar, la
responsabilidad de colocar estas señales es del propietario, se puede proceder
a la clausura inmediata de dicha obra si no se atiende esta disposición.
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