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 Normativa >> Reglamento municipal 214 >> Fecha 15/11/2012 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 214 - Articulo 2
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Artículo 2    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
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Transitorio II. La Administración y el Concejo Municipal deberán planificar para que en cada ejercicio presupuestario y de forma anual, se determine un monto adecuado para que se cuente con el contenido económico necesario para la realización de las obras por contrato de construcción o de prestación de servicio, de tal forma que se pueda cumplir con lo indicado en este reglamento.

 

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