ARTÍCULO
25.- Requerimientos
Para el
eficaz cumplimiento de sus responsabilidades y para garantizar una respuesta inmediata,
los integrantes del ERI estarán sujetos al régimen de disponibilidad que les
permita capacidad de respuesta las veinticuatro horas del día, así como
facilidades de comunicación, transporte y seguridad policial.
|