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 Normativa >> Ley 9095 >> Fecha 26/10/2012 >> Articulo 26
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Normativa - Ley 9095 - Articulo 26
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Artículo 26
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ARTÍCULO 26.- Cláusula de confidencialidad

Toda información relacionada con los expedientes administrativos de las personas víctimas de trata, por su naturaleza tendrá carácter confidencial y será de manejo exclusivo de las personas integrantes del ERI que estén a cargo del caso, y así será declarado. La Secretaría Técnica mantendrá un total control sobre el acceso a este tipo de información. El mismo deber de confidencialidad aplica para otras personas que tengan acceso a esta información.

 

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