ARTÍCULO
30.- Denuncia
La
denuncia, así como la respectiva entrevista de la persona víctima y/o los
testigos durante las actuaciones judiciales o administrativas, se llevará a
cabo con el debido respeto a su vida privada y fuera de la presencia del
público y los medios de comunicación. El nombre, la dirección y otra información
de identificación, incluyendo imágenes, de una persona víctima de trata de
personas, sus familiares o allegados, no serán divulgados ni publicados en los
medios de comunicación ni en las redes sociales.
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