CAPÍTULO VI
Accidentes de tránsito que intervienen vehículos municipales
Artículo 24.—Acatamiento de
disposiciones:
Los conductores que debido a la circulación
por las vías públicas se vieren involucrados en un accidente de tránsito con
algún vehículo municipal, deberán cumplir con las disposiciones de este
capítulo.
(Mediante sesión N° 66 del 22 de
agosto de 2017, se ordenó derogar el artículo 5 original y correr la numeración
de los restante numerales por lo que artículo 25 paso a ser el numero 24)
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