Artículo 28.— Análisis de cada accidente:
La jefatura, analizará todo accidente de tránsito,
robo, hurto o percance en que se involucre un vehículo de la Municipalidad y
preparará y remitirá al Alcalde Municipal en un plazo máximo de cinco días
hábiles posteriores al hecho acontecido, un informe preliminar con su
respectiva recomendación, a efecto de que se tomen, conforme al mérito de cada
caso las medidas correspondientes, respetando el debido proceso.
(Mediante sesión N° 66 del 22 de
agosto de 2017, se ordenó derogar el artículo 5 original y correr la numeración
de los restante numerales por lo que artículo 29 paso a ser el numero 28)
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