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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 30
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 30
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Artículo 30
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CAPÍTULO VII

Disposiciones finales

Artículo 30.—Disposiciones varias:

En lo no previsto en este Reglamento, el Área Administrativa resolverá las situaciones que se presenten, mediante resoluciones concretas o circulares de carácter general.

 (Mediante sesión N° 66 del 22 de agosto de 2017, se ordenó derogar el artículo 5 original y correr la numeración de los restante numerales por lo que artículo 31  paso a ser el numero 30)

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