CAPÍTULO II
De la clasificación y
asignación de vehículos oficiales
Artículo 4º—De la clasificación: Los
vehículos propiedad de la
Municipalidad de Acosta se clasifican de la siguiente manera:
a) De uso administrativo: Vehículos destinados para
los servicios regulares de transporte, para el desarrollo normal y el
cumplimiento de las funciones propias de la Municipalidad de
Acosta. Deberán encontrarse debidamente rotulados en ambos costados de la
cabina con el logotipo:”Municipalidad de Acosta” y
con el nombre de la unidad a la que fueron asignados. Ningún vehículo de este
tipo podrá ser asignado a un funcionario en particular.
b) (Derogado
en sesión N° 66 del 22 de agosto de 2017)
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