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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 4
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 4
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Artículo 4
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CAPÍTULO II

De la clasificación y asignación de vehículos oficiales

Artículo 4º—De la clasificación: Los vehículos propiedad de la Municipalidad de Acosta se clasifican de la siguiente manera:

a) De uso administrativo: Vehículos destinados para los servicios regulares de transporte, para el desarrollo normal y el cumplimiento de las funciones propias de la Municipalidad de Acosta. Deberán encontrarse debidamente rotulados en ambos costados de la cabina con el logotipo:”Municipalidad de Acosta” y con el nombre de la unidad a la que fueron asignados. Ningún vehículo de este tipo podrá ser asignado a un funcionario en particular.

b) (Derogado en sesión N° 66 del 22 de agosto de 2017)

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