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 Normativa >> Decreto TSE 22 >> Fecha 20/12/2012 >> Articulo 31
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Normativa - Decreto TSE 22 - Articulo 31
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Artículo 31
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Artículo 31.—Será aplicable a esta figura en forma supletoria la Ley de Tránsito por vías públicas terrestres y seguridad vial 9078 del 26 de octubre de 2012 y sus reformas, el Reglamento para el uso de vehículos propiedad del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, así como cualquier otra normativa.

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