Artículo
31.—Será aplicable a esta figura en forma supletoria la Ley de Tránsito por vías
públicas terrestres y seguridad vial 9078 del 26 de octubre de 2012 y sus
reformas, el Reglamento para el uso de vehículos propiedad del Tribunal Supremo
de Elecciones y Registro Civil, Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal
Supremo de Elecciones, así como cualquier otra normativa.
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