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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 01/03/2013 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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Artículo 9º—Corresponde al presidente:

a) Elaborar el orden del día.

b) Abrir, cerrar o suspender la sesión.

c) Convocar a sesiones extraordinarias cuando así lo solicite el Comité.

d) Someter a votación los asuntos tratados, anunciar el resultado de cada votación.

e) Representar al Comité en todos aquellos eventos locales o nacionales.

f)  Firmar con el tesorero los cheques y órdenes de pago, y

g) Cualquier otra función que se le encomiende y que sea atinente al cargo.


 

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