Artículo
9º—Corresponde al presidente:
a) Elaborar el orden del día.
b) Abrir, cerrar o suspender la
sesión.
c) Convocar a sesiones extraordinarias
cuando así lo solicite el Comité.
d) Someter a votación los asuntos
tratados, anunciar el resultado de cada votación.
e) Representar al Comité en todos
aquellos eventos locales o nacionales.
f) Firmar con el tesorero los cheques
y órdenes de pago, y
g) Cualquier otra función que se le
encomiende y que sea atinente al cargo.
|