Artículo 59.—Todas
las disposiciones no incluidas en este Reglamento se sujetarán a lo establecido
por el Código Municipal, Ley Nº 7794, así como por la circular de la Contraloría General
de la República
8626-DFOE-114-200, la Ley
de Contratación Administrativa, Ley Nº 7494 y su Reglamento Nº 33411-H y el
Reglamento y la Ley
del Instituto Costarricense del Deporte, Ley Nº 7800.
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