Artículo 61.—La Municipalidad girará
semestralmente la subvención anual correspondiente al Comité Cantonal de
Deportes y Recreación.
Para el giro de
desembolsos al Comité Cantonal de Deportes, éste debe estar al día en la
presentación de informes, liquidaciones, presupuesto y plan de trabajo, entre
otras obligaciones que tiene con la Municipalidad según este Reglamento.
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