Artículo 21. Derecho de acceso a la información. El titular tiene
derecho a obtener del responsable, la información relacionada con sus datos
personales, entre ellos lo relativo a las condiciones, finalidad y
generalidades de su tratamiento.
Podrá realizar las consultas de información a la base de datos, con un
intervalo mínimo de seis meses, salvo que de manera fundamentada el titular
exprese al responsable de la base de datos sus motivos y pruebas, por los
cuales considera existe una vulneración de sus derechos protegidos en la Ley y el presente Reglamento.
En caso de que el responsable de la base de datos considere que los motivos no
son de recibo y existiera la posibilidad de un uso abusivo de ese derecho,
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la solicitud, elevará el asunto
ante la PRODHAB,
quien resolverá en definitiva, dentro del plazo de diez días hábiles, a partir
de la recepción de dicha gestión.
El responsable, deberá evacuar la consulta de información dentro del plazo
de cinco días hábiles a partir de la recepción de la solicitud.
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