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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37554 >> Fecha 30/10/2012 >> Articulo 41
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37554 - Articulo 41
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Artículo 41
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Artículo 41. Cumplimiento de los protocolos mínimos de actuación. Las transferencias de datos personales por parte de los responsables, estarán supeditadas al fiel cumplimiento de los protocolos mínimos de actuación, debidamente inscritos ante la Agencia.

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