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 Normativa >> Tratados Internacionales 9118 >> Fecha 07/02/2013 >> Articulo 13
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Normativa - Tratados Internacionales 9118 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13

Documentos que se anexan a la solicitud

1. La solicitud de asistencia administrativa de conformidad con esta sección deberá acompañarse de:

a. una declaración que manifieste que el crédito fiscal corresponde a un impuesto comprendido por la Convención y que, en el caso de su pago, no ha sido ni será impugnado de conformidad con el numeral 2 del Artículo 11;

b. una copia oficial del instrumento que permite su exigibilidad en el Estado requirente; y

c. cualquier otro documento que se requiera para su cobro o para tomar medidas precautorias.

2. El instrumento que permite la exigibilidad en el Estado requirente deberá, cuando sea apropiado y de conformidad con las disposiciones en vigencia en el Estado requerido, ser aceptado, reconocido, completado o reemplazado, tan pronto como sea posible después de la fecha de recepción de la solicitud de asistencia, por un instrumento que permita su exigibilidad en este último Estado.

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