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 Normativa >> Tratados Internacionales 9118 >> Fecha 07/02/2013 >> Articulo 32
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Normativa - Tratados Internacionales 9118 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32

Depositarios y sus funciones

1. El Depositario ante quien se haya efectuado un acto, notificación o comunicación, notificará a los Estados miembros del Consejo de Europa y a los países miembros de la OCDE lo siguiente:

a. cualquier firma;

b. el depósito de cualquier instrumento de ratificación, aceptación, o aprobación;

c. cualquier fecha de entrada en vigencia de esta Convención de conformidad con lo previsto en los Artículos 28 y 29;

d. cualquier declaración formulada de conformidad con las dispuesto por el numeral 3 del Artículo 4 o del numeral 3 del Artículo 9 y el retiro de cualquiera de esas declaraciones;

e. cualquier reserva formulada de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30 y el retiro de cualquier reserva efectuada de conformidad con lo dispuesto por el numeral 4 del Artículo 30;

f. cualquier notificación recibida de conformidad con lo dispuesto por los numerales 3 ó 4 del Artículo 2, numeral 3 del Artículo 3, Artículo 29 o numeral 1 del Artículo 31;

g. cualquier otro acto, notificación o comunicación relacionada con esta Convención.

2. El Depositario que reciba una comunicación o que efectúe una notificación de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1 informará inmediatamente esta situación al otro Depositario.

En fe de lo cual los suscritos, debidamente autorizados, firman la presente Convención. Constituida por los Depositarios el 1 día de junio del 2011 de conformidad con el Artículo X.4 del Protocolo que enmienda esta Convención de Asistencia Administrativa Mutual en Asuntos Fiscales en inglés y francés, ambos textos igualmente auténticos en dos copias de las cuales cada una será depositada en los archivos de cada Depositario. Los Depositarios transmitirán una copia certificada a cada una de las Partes en la Convención y sus enmiendas al Protocolo y a dicho Estado que tiene derecho a ser una parte.

Por el Gobierno de la República de Albania:

Por el Gobierno de la República de Andorra

Por el Gobierno de la República de Armenia

Por el Gobierno de la República de Australia (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República de Austria

Por el Gobierno de la República de Herzegovina

Por el Gobierno de la República de Bulgaria

Por el Gobierno de la República de Chile

Por el Gobierno de la República de Croacia

Por el Gobierno de la República de Chipre

Por el Gobierno de la República de República Checa

Por el Gobierno de la República de Estonia

Por el Gobierno de la República de República Helénica

Por el Gobierno de la República de Hungría

Por el Gobierno de la República de Irlanda (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República de Israel

Por el Gobierno de la República de Japón

Por el Gobierno de la República de Latvia

Por el Gobierno de la República de Liechtenstein

Por el Gobierno de la República de Lituania

Por el Gobierno de la República de Gran Ducado de Luxemburgo

Por el Gobierno de la República de Lituania

Por el Principado de Mónaco

Por el Gobierno de la República de Montenegro

Por el Gobierno de la República de Nueva Zelanda

Por el Gobierno de la República de Rumanía

Por el Gobierno de la República de la Federación Rusa (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República de San Marino

Por el Gobierno de la República de Serbia

Por el Gobierno de la República Eslovaca

Por el Gobierno de la Confederación Suiza

Por el Gobierno de la República Turca (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República de Argentina (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República Federal de Brasil (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República Popular de China

Por el Gobierno de la República de India (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República de Indonesia (Firma y fecha visible)

Por el Reinado de Arabia Saudita (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República de Suráfrica (Firma y fecha visible)

Por el Gobierno de la República de Costa Rica (Firma y fecha visible)

Certificado como copia fiel del original

Nicola Bonucci

OCDE Director de Asuntos Legales

París, 5 de marzo del 2012”

“Costa Rica ratifica la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Fiscales, enmendada por el Protocolo de Enmienda de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Fiscales, con las siguientes notificaciones [y declaración]:

Notificaciones


 

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