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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37548 >> Fecha 12/09/2012 >> Articulo 118
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37548 - Articulo 118
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Artículo 118
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CAPÍTULO XIV

De los controles microbiológicos y otros

Artículo 118º.- Los establecimientos aquí regulados están obligados a cumplir con los controles microbiológicos, toxicológicos u otros que el SENASA establezca y comunique por medio de los cronogramas oficiales.

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