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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37548 >> Fecha 12/09/2012 >> Articulo 144
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37548 - Articulo 144
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Artículo 144
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Artículo 144º.- Cuando una entidad considere que se requiere un estudio adicional, retiro del certificado veterinario de operación u otra acción, deberá dirigirse al SENASA con las motivaciones del caso, quien actuará en consecuencia.

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