Artículo 28º.- Deberá proveerse ventilación suficiente, de tal modo que las labores se desarrollen
en un ambiente de confort y que además ayude a controlar la condensación
cumpliendo con lo dispuesto en la legislación pertinente. La fuente de
ventilación deberá contar con dispositivos que minimicen el ingreso de agentes
contaminantes. La dirección de la corriente de aire no deberá ir nunca de un
área sucia a un área limpia.
La ventilación deberá estar diseñada y construida de modo tal que se
restrinja el acceso o anidamiento de plagas.
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