Artículo 50º.- Todo el personal, antes de ingresar a la planta, deberá obligatoriamente
lavar y desinfectar sus botas, manos, uñas y brazos. Si se emplean guantes,
éstos se mantendrán en buenas condiciones higiénicas y dentro del
establecimiento. El uso de guantes no exime al operario de la obligación de
lavarse las manos.
Asimismo, el personal deberá lavarse y desinfectarse sus manos o guantes
inmediatamente después de juntar objetos o producto del piso, manipular
mangueras, rascarse, taparse la boca después de toser o estornudar, manipular
objetos que no sean superficies de contacto con el producto y que pudieran ser
causa de contaminación.
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