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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37548 >> Fecha 12/09/2012 >> Articulo 79
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37548 - Articulo 79
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Artículo 79
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Artículo 79º.- El sistema de cañerías debe estar diseñado, instalado y mantenido de tal forma que el abasto de agua esté protegido contra la contaminación por conexiones cruzadas, presiones negativas, condensación y otros, en casos que proceda el sistema deberá contar con válvulas anti-retorno.

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