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 Normativa >> Resolución 62 >> Fecha 05/06/2012 >> Articulo 2
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Normativa - Resolución 62 - Articulo 2
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Artículo 2
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II.—Suspender la aplicación de lo dispuesto por la norma 4.3.11 de las “Normas Técnicas sobre Presupuesto Público, N-1-2012-DC-DFOE” en cuanto a la cantidad y monto máximo de modificaciones presupuestarias, hasta tanto el órgano contralor publique la modificación del citado numeral, debiendo aplicarse las regulaciones contenidas en el “Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos privados R-1-2006-CO-DFOE” en lo que se refiere a las modificaciones al presupuesto institucional. En lo relativo al número máximo de presupuestos extraordinarios se mantiene vigente el límite de tres documentos presupuestarios durante el año.

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