Artículo 18.
Inscripción de la sociedad anónima y de responsabilidad limitada. Cuando a criterio
del registrador, el formulario electrónico cumple a satisfacción los
requerimientos establecidos, procederá dentro del plazo máximo de dos días
establecido para efectuar la calificación registral, a la inscripción de la
nueva sociedad, generándose de forma automática un mensaje a CrearEmpresa con
los datos de la nueva entidad.
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