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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37593 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37593 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18. Inscripción de la sociedad anónima y de responsabilidad limitada. Cuando a criterio del registrador, el formulario electrónico cumple a satisfacción los requerimientos establecidos, procederá dentro del plazo máximo de dos días establecido para efectuar la calificación registral, a la inscripción de la nueva sociedad, generándose de forma automática un mensaje a CrearEmpresa con los datos de la nueva entidad.


 

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