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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37593 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 33
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37593 - Articulo 33
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Artículo 33
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Artículo 33. Establecimientos autorizados por el Ministerio de Salud. Corresponderá únicamente al Ministerio de Salud autorizar en CrearEmpresa el funcionamiento de los establecimientos enunciados en los inciso b) y d) del artículo anterior del presente reglamento. Dicha autorización administrativa se hará por medio del Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF), el cual será reconocido como equivalente al CVO del SENASA.


 

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