Artículo 39.
Emisión de la resolución sin inspección previa. En el caso de las
solicitudes para la emisión de la
VAE que se tramiten en CrearEmpresa relacionadas con
actividades categorizadas en los grupos B y C, donde el tamaño del
establecimiento corresponde a microempresa, pequeña o mediana empresa, la SETENA emitirá en el
Sistema la resolución correspondiente dentro del plazo de diez días naturales
posteriores al día de la recepción de la solicitud, sin realizar inspección
previa. Si la solicitud para la emisión de la VAE es denegada, se tendrá por concluido el
trámite toda vez que no se satisfizo un requisito indispensable para solicitar
la patente comercial.
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